lunes, 15 de marzo de 2010

Nuevos Certificados de Nacimiento- Puerto Rico

Nota por: Anect Rivas

Desde hace unos meses se ha reportado el cambio en los certificados de nacimiento de las personas nacidas en Puerto Rico efectivo el verano 2010. Este aviso a creado mucha incertidumbre en la ciudadanía, y hasta algo de pánico, al pensar que este cambio afectará adversamente la vida de millones de puertorriqueños en y fuera de la Isla.


La oficina de PRAFA (Puerto Rico Federal Affairs) público un boletín informativo a los efectos de informar sobre éste proceso y orientar sobre cómo y porque adquirir el nuevo certificado de nacimiento. A continuación un resumen del contenido de dicho boletín:
En diciembre del 2009, el Gobierno de Puerto Rico aprobó una nueva ley (Ley 191 de 2009) con el fin de fortalecer la expedición y uso de certificados de nacimiento, para combatir prácticas fraudulentas y proteger la identidad y el crédito de todos aquellos nacidos en Puerto Rico. La nueva ley responde a un llamado del Departamento de Estado de los Estados Unidos, así como del Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés) para atender el uso fraudulento de certificados de nacimiento otorgados en Puerto Rico, que frecuentemente se utilizan para obtener de manera ilegal pasaportes de Estados Unidos, beneficios de Seguro Social, y otros servicios federales.
En el pasado, muchas transacciones oficiales y no oficiales en Puerto Rico establecían el requisito innecesario de presentar, retener y guardar los certificados de nacimiento en original. Como resultado, cientos de miles de certificados de nacimiento eran guardados sin la debida protección, lo que provocó que este documento de vital importancia fuera un blanco fácil para el hurto del mismo. Esto provocó que muchos certificados fueran robados en escuelas y otras instituciones, para luego ser vendidos en el mercado negro por hasta $10 mil cada uno. Consecuentemente se utilizaron para obtener ilegalmente, pasaportes, licencias de conducir y otros documentos o beneficios otorgados por el gobierno y empresas privadas. Los nombres hispanos comunes de la mayoría de las personas nacidas en Puerto Rico hicieron que estos certificados se convirtieran en un atractivo en el mercado negro.

La ley 191 del 2009, que entró en vigor el 1ero de enero del 2010, establece los siguientes cambios:

1) A partir del 1ero de julio de 2010, la ley invalida todos los certificados de nacimiento expedidos por el Registro Demográfico del Departamento de Salud de Puerto Rico previo a esa fecha. Hasta el 1ero de julio del 2010, todo certificado de nacimiento permanece válido.
Hoja de Información – Ley de Certificados de Nacimiento de Puerto Rico (Ley 191 de 2009)

2) A partir del 1ero de julio del 2010, el Registro Demográfico del Departamento de Salud expedirá certificados de nacimiento nuevos, que incorporarán nueva tecnología para limitar la posibilidad de falsificar el documento. La ley provee para extender la vigencia de los certificados actuales, si los nuevos no están listos para el 1ero de Julio de 2010. De ese ser el caso, se emitirá un aviso público sobre la extensión del periodo de vigencia de los certificados actuales.

3) La ley permite un periodo de transición en cuanto a la vigencia de los certificados por 15 días, para aquellos certificados de nacimiento expedidos en o después del 15 de junio y antes del 1ero de julio de 2010. Por ejemplo, un certificado de nacimiento que sea expedido el 29 de junio de 2010 será válido hasta el 14 de julio de 2010, para proveer así un periodo de gracia para aquellas personas que necesitan el documento pero que, en casos como en que la persona se encuentre viajando para el 1ero de julio, pueda tener su documento vigencia por ese espacio de 15 días a partir de que se expida el mismo.

4) A partir del 1ero de enero de 2010, la ley también establece que ninguna entidad, sea pública o privada en la jurisdicción de Puerto Rico podrá retener el original de los certificados de nacimiento que son expedidos en Puerto Rico. Las agencias locales o patronos de la empresa privada podrán solicitar y verificar el certificado en original o sacarle una copia, pero no podrán retener el original bajo ninguna circunstancia.
Para procedimiento y solicitud del Certificado: http://www.salud.gov.pr/Programas/RegistroDemografico/Pages/RequisitosparasolicituddeNacimiento.aspx
Para el Registro Demográfico de Puerto Rico: http://www.salud.gov.pr/Programas/RegistroDemografico/Pages/default.aspx
Boletín de PRAFA: http://www.salud.gov.pr/Programas/RegistroDemografico/Documents/PRFAA%20Hoja%20de%20Información%20-%20Ley%20Certificados%20de%20Nacimiento%20PR%20-%20Español.pdf

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